Código de Conducta del Terapeuta
Última actualización: 6 de junio de 2026
Preámbulo
Este Código establece las reglas de conducta del Terapeuta en la Plataforma Curas: registro, perfil, marketing, interacciones con Clientes a través de los canales de la Plataforma, integridad de la Cuenta y cooperación con la moderación. Constituye una obligación de diligencia de la plataforma en línea en los términos del artículo 30 del Reglamento (UE) 2022/2065 (DSA) y del artículo 16 de la Ley 34/2002 (LSSICE).
Se aplica a todos los Terapeutas con Cuenta activa, con independencia del Plan contratado (Lite, Plus o Premium), incluidos los Terapeutas en prueba gratuita de 60 días.
Capítulo I — Principios de la Conducta en la Plataforma
- 1.1. Honestidad y transparencia — veracidad íntegra, en el perfil y en las comunicaciones a través de la Plataforma, sobre las cualificaciones, formación, experiencia, ámbito, precios, duración y contenido de los servicios ofrecidos.
- 1.2. Respeto en las interacciones vía Plataforma — tono respetuoso y profesional en los mensajes, respuestas a reseñas y cualesquiera otras interacciones en los canales de Curas. Prohibida la intimidación, amenaza, acoso o lenguaje ofensivo.
- 1.3. No discriminación en la aceptación de reservas (art. 14 de la Constitución Española; Ley 15/2022, integral para la igualdad de trato y la no discriminación) — sin distinción por ascendencia, edad, sexo, orientación e identidad sexual, estado civil, situación económica, formación, origen social o étnico, nacionalidad, religión, convicciones, discapacidad, estado de salud o cualquier otra categoría protegida.
- 1.4. Cooperación con la moderación — colaboración de buena fe con las investigaciones, denuncias y medidas de Curas, en los plazos legalmente exigidos.
Capítulo II — Cualificación Declarada (admisión a la Plataforma)
- 2.1. Autodeclaración veraz mediante declaración responsable; las declaraciones falsas constituyen un ilícito (pudiendo incurrir en el delito de intrusismo del art. 403 del Código Penal cuando se atribuya indebidamente un título sanitario) y son fundamento de cancelación inmediata sin reembolso.
- 2.2. Titulación y colegiación cuando proceda — con carácter general, las terapias naturales y complementarias no constituyen una profesión sanitaria regulada y no requieren título oficial ni colegiación estatal. Cuando la disciplina sí forme parte de una profesión sanitaria regulada (Ley 44/2003 LOPS, p. ej. fisioterapia), la publicación del perfil como tal requiere la titulación oficial exigida y la colegiación obligatoria correspondiente. La pérdida sobrevenida obliga a comunicarlo a Curas en 24 horas.
- 2.3. Prueba documental conservada por el Terapeuta y puesta a disposición de Curas en 15 días cuando se solicite (art. 30.2 del Reglamento (UE) 2022/2065).
- 2.4. Prohibición de títulos profesionales reservados en el perfil y el marketing — médico, psicólogo, psicoterapeuta, enfermero, dietista-nutricionista, farmacéutico, fisioterapeuta, terapeuta ocupacional, dentista/odontólogo — salvo habilitación legítima con indicación del número de colegiado.
Capítulo III — Contenidos del Perfil y Marketing
- 3.1. Transparencia de precios — el precio publicado es el precio cobrado; las modificaciones producen efectos solo a partir de la publicación.
- 3.2. Prohibición de prácticas comerciales desleales en el perfil, descripciones, fotografías, vídeos, ofertas y respuestas a reseñas, en los términos de la Ley 3/1991 de Competencia Desleal, del Reglamento (UE) 1924/2006, del RD 1907/1996 sobre publicidad de productos con pretendida finalidad sanitaria y de la Ley 34/1988 General de Publicidad. No se permite, en particular:
- Prometer la curación, eliminación o prevención de enfermedades;
- Presentar la Sesión como sustituto de la asistencia médica convencional, la medicación prescrita o el seguimiento por un profesional sanitario habilitado;
- Garantizar resultados ("resultado garantizado", "100 % de éxito", "nunca falla");
- Usar títulos profesionales reservados sin habilitación legítima (ver §2.4);
- Emitir diagnósticos clínicos en el perfil o en comunicaciones públicas;
- Atribuir falsamente la aprobación de entidades oficiales (OMS, Ministerio de Sanidad, AEMPS, etc.);
- Presentar testimonios fabricados, comprados o imágenes "antes y después" manipuladas;
- Recurrir a lenguaje milagroso o pseudocientífico sin respaldo verificable.
- 3.3. Lenguaje cautelar recomendado — "puede contribuir al bienestar", "muchas personas refieren alivio", "como enfoque complementario" · encuadrando siempre la práctica como complementaria y no sustitutiva.
- 3.4. Fotografías — reales, recientes, propias; sin stock genérico engañoso.
- 3.5. Testimonios y reseñas — solo reales e identificables. La fabricación, compra, coordinación entre terapeutas o presión sobre los Clientes para alterar/eliminar reseñas constituye fraude y fundamento autónomo de expulsión.
- 3.6. Competencia leal — sin denigrar, difamar ni comparar desfavorablemente sin fundamento con otros Terapeutas de la Plataforma.
- 3.7. Ofertas promocionales (Premium) — cumplen el mismo régimen de veracidad y la normativa de ordenación del comercio minorista (Ley 7/1996) cuando proceda.
Moderación: Curas mantiene políticas internas de moderación (automática y manual) para aplicar las reglas anteriores. Las políticas operativas no forman parte de este Código y pueden ser ajustadas por Curas a medida que el lenguaje, las prácticas y el marco legal evolucionan, sin perjuicio de las obligaciones de transparencia y recurso previstas en Términos §11.
Capítulo IV — Interacción con Clientes vía Plataforma
- 4.1. Contacto inicial vía Plataforma — exigencia del art. 30 del Reglamento (UE) 2022/2065 para la trazabilidad. La Sesión y el pago tienen lugar fuera de la Plataforma (Términos §6).
- 4.2. Respuesta diligente — SLA recomendado de 48 h hábiles a los mensajes y solicitudes de reserva. En caso de ausencia prolongada planificada, indicarlo en el perfil.
- 4.3. Política de cancelación publicada de forma clara y honrada; la cancelación por parte del Terapeuta con menos de 24 h de antelación (salvo fuerza mayor) se compensa en los términos publicados.
- 4.4. Reseñas recibidas — respuestas públicas con tono constructivo. Prohibido exponer datos clínicos, de salud o de la vida privada del Cliente; prohibido identificarlo; prohibidas las amenazas, intimidación o presión para eliminar reseñas negativas.
- 4.5. Prohibición de conducta impropia vía canales Curas — cualquier comunicación sexualmente impropia, intimidatoria, amenazadora o abusiva enviada a través de mensajes, chats u otros canales de la Plataforma constituye una infracción independiente de cualquier responsabilidad penal propia.
Capítulo V — Integridad de la Cuenta
- 5.1. Una Cuenta por Terapeuta — la creación de múltiples Cuentas para eludir sanciones, manipular reseñas u ocultar el historial constituye fraude y fundamenta la expulsión.
- 5.2. Credenciales — custodia segura, contraseña robusta, prohibido compartirlas.
- 5.3. Uso de la marca Curas — solo en el marco de la presencia en la Plataforma; el uso de badges y sellos sigue las Reglas de Uso de Marca.
- 5.4. Tratamiento autónomo de datos clínicos — para evitar dudas, el Terapeuta es el único responsable del tratamiento (art. 4.7 RGPD) de las notas clínicas, el historial y cualesquiera datos personales recogidos en el marco de la Sesión. Curas no accede, no almacena ni trata esos datos; sus obligaciones de protección de datos se rigen por la legislación aplicable y no por este Código.
Capítulo VI — Comunicaciones Obligatorias a Curas
El Terapeuta tiene el deber de comunicar a Curas, en 24 horas, los eventos que afecten a su presencia o elegibilidad en la Plataforma:
- 6.1. Pérdida, suspensión o cancelación de la titulación o colegiación obligatoria cuando ejerza una profesión sanitaria regulada (Ley 44/2003 LOPS).
- 6.2. Resolución de suspensión profesional por parte del Colegio Profesional competente u otra autoridad reguladora.
- 6.3. Incoación de un procedimiento penal o sancionador relacionado con la actividad profesional.
- 6.4. Violación de datos personales que afecte a usuarios contactados vía Curas (sin perjuicio de la notificación a la AEPD en los términos del art. 33 RGPD).
- 6.5. Reclamación formal escrita de un Cliente captado vía Curas.
Canal: customersupport@curas.app (general) o legal@curas.app (jurídico).
Capítulo VII — Consecuencias de la Infracción
7.1. Principio de proporcionalidad
Las medidas de enforcement son proporcionales a la gravedad, reiteración, intencionalidad e impacto de la infracción, con derecho a alegaciones (contradicción) y recurso (Términos §11.4).
7.2. Sistema gradual — 3 avisos (strikes)
| Aviso | Medida | Duración |
|---|---|---|
| 1.ª infracción | Advertencia formal escrita + plan de corrección | Inmediato; corrección en 15 días |
| 2.ª infracción | Suspensión temporal de la Cuenta | 30 días |
| 3.ª infracción | Expulsión permanente de la Plataforma | Indefinido |
Prescripción: una advertencia prescribe a los 24 meses sin una nueva infracción de la misma naturaleza.
7.3. Infracciones muy graves — suspensión inmediata
Con independencia de los avisos anteriores, justifican la suspensión preventiva inmediata y pueden determinar la cancelación definitiva sin reembolso:
- Falsedad material de la Declaración Responsable (pudiendo ser constitutiva de delito);
- Alegaciones engañosas de gravedad máxima publicadas en el perfil o el marketing (curación de cáncer, VIH/SIDA, enfermedades autoinmunes; incitación al abandono de la medicación prescrita; uso fraudulento de títulos profesionales reservados);
- Conducta sexualmente impropia, intimidatoria o amenazadora vía canales de la Plataforma (§4.5);
- Fraude financiero en el uso de la Plataforma;
- Múltiples Cuentas para eludir sanciones;
- Fraude de reseñas coordinado a escala;
- Exposición pública, vía respuestas a reseñas o perfil, de datos clínicos o confidenciales de Clientes.
7.4. Efectos de la expulsión
- Cancelación inmediata sin reembolso (sin perjuicio del derecho de desistimiento);
- Bloqueo de la creación de una nueva Cuenta con los mismos datos, y esfuerzos razonables contra datos conexos;
- Comunicación a las autoridades competentes cuando exista delito, infracción administrativa o vulneración reglamentaria;
- Comunicación al Colegio Profesional o autoridad sanitaria competente cuando el Terapeuta ejerza una profesión sanitaria regulada (Ley 44/2003 LOPS).
Capítulo VIII — Recurso y Cooperación DSA
- 8.1. Derecho de recurso interno en 6 meses contra cualquier medida (art. 20 DSA + Términos §11.4).
- 8.2. Resolución extrajudicial (art. 21 DSA) una vez agotado el recurso interno.
- 8.3. Cooperación con las investigaciones DSA de buena fe (art. 16 Reglamento (UE) 2022/2065).
- 8.4. Protección frente a denuncias abusivas — evaluación objetiva, contradicción, sanción de los denunciantes reiteradamente abusivos (art. 23 DSA).
Capítulo IX — Actualización y Revisión
- 9.1. Revisión — incorporar la evolución legislativa, las orientaciones del EDPB/AEPD, las resoluciones de las autoridades y las lecciones aprendidas.
- 9.2. Notificación de cambios con 30 días de antelación mínima, por correo electrónico y aviso en la Plataforma.
- 9.3. Derecho de oposición — cancelar antes de la entrada en vigor, con reembolso proporcional de la Suscripción Plus o Premium no ejecutada.
- 9.4. Versionado público en curas.app/codigo-conduta-historico.
- 9.5. Cambios inmediatos por imposición legal con un plazo inferior a 30 días, mediante comunicación concomitante motivada.
Contacto
Curas
Atención: customersupport@curas.app
Denuncias DSA: report@curas.app
Protección de Datos (DPO): dpo@curas.app
Jurídico: legal@curas.app